La ética en reconocimiento facial: El caso de Herta
Escrito por: José Torija, Abril Pérez y Laura Blanc
A medida que el uso de la tecnología de reconocimiento facial se ha vuelto cada vez más frecuente, también han aumentado las preocupaciones sobre su posible uso indebido. Herta, reconoce la importancia del uso responsable de esta tecnología y su misión es implementar siempre unas pautas éticas que prioricen la privacidad, la seguridad y la equidad.
En los últimos años el reconocimiento facial ha estado en el punto de mira debido a las leyes vigentes en algunos países. Sin embargo, más allá de la legalidad, Herta también cree la importancia de adherirse a ciertos principios éticos que nos aseguren un buen uso de la inteligencia artificial.
Pensamos que estos principios, basados en la proporcionalidad y necesidad, han de estar estrechamente relacionados con nuestra cultura y por ende, que todas las personas que trabajen en Herta garanticen su cumplimiento.
En este artículo se mencionan son las 7 normas éticas de Herta:
1. Reconocimiento facial sin sesgo demográfico
En otras palabras, Herta utiliza un conjunto de datos de entrenamiento cuidadosamente seleccionados y refinados (más de 50 millones de imágenes) especialmente centrado en la recopilación de imágenes de colectivos con escasa representación. Además, utiliza otros métodos añadidos:
Equilibrio de usos para indicar a la red qué grupos requieren una consideración especial.
Entrenamiento simultáneo con múltiples objetivos.
Obtener conocimientos sobre grupos específicos dentro de la tarea de identificación.
Utilizar capas que han demostrado una mejor generalización.
2. No procesar los datos biométricos cuando no son necesarios
En los casos en los que la identificación facial no sea necesaria, el sistema sólo gestionará las imágenes sin cruzar los datos biométricos con la base de datos. En otras palabras, el sistema no identificará a las personas, aunque estén registradas en la base de datos si no es necesario.
3. Difuminación u ocultación de rostros
Todos los rostros detectados por el sistema y que no correspondan a personas inscritas en la base de datos, se difuminarán u ocultarán en tiempo real. Esta función del software representa una gran solución dentro de la legalidad Europea, y a que en el proceso de conversión al anonimato de las fotografías registradas, apoyamos y defendemos las leyes de protección de datos (artículo 26 RGPD).
4. Eliminación de imágenes detectadas o identificadas
El usuario puede elegir un rango de tiempo para la conservación de los rostros detectados o identificados por el sistema.
5. Encriptación
La comunicación del sistema (desde el principio con la cámara, la estación en el extremo, el servidor, así como la base de datos) se encripta.
6. Centralización de la base de datos sobre los sujetos inscritos
Proporcionar seguridad en el tratamiento, como integridad y confidencialidad.
7. Acceso limitado a los datos en los dispositivos externos
Los teléfonos móviles, tabletas, agendas electrónicas, etc., estarán conectados al sistema y recibirán alertas, pero no podrán descargar ningún dato de la base de datos.
Como hemos visto, con todas estas normas éticas se contribuye a la seguridad y a la protección de los datos de los usuarios y en Herta estamos comprometidos a cumplir con una tecnología ética y responsable. De este modo, se establecen beneficios en ambas direcciones.
Por un lado, ayuda a establecer una red de seguridad en los lugares donde se instala el software y, al mismo tiempo, protege los derechos de las personas que se encuentran en el lugar.
Herta cree que el uso responsable de la tecnología de reconocimiento facial es crucial para generar confianza con nuestros clientes y el público en general, y estamos comprometidos a dar un ejemplo positivo en la industria. Herta espera poder compartir sus conocimientos y participar en debates sobre la ética de la tecnología de reconocimiento facial.